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viernes, 14 de marzo de 2008

Las empresas italianas no podrán espiar a sus empleados para impedir el uso del P2P

Fuente: 20minutos.
  • Un organismo equivalente a la Agencia de Protección de Datos española ha anulado una investigación a trabajadores en una compañía.
  • La empresa, una discográfica, quería reclamarle a los empleados una indemnización por los daños que causaría el uso de P2P.
La Autoridad italiana para la Protección de la Privacidad ha establecido que las empresas no pueden realizar actividades sistemáticas de control para averiguar qué usuarios de internet se intercambian archivos de música o juegos.

Esta conclusión es el resultado de la investigación abierta por dicho organismo sobre la compañía discográfica Peppermint, que contrató los servicios de una firma suiza para vigilar las redes de intercambio de ficheros entre usuarios a través de internet.

Por medio de programas informáticos específicos, ambas empresas lograron descubrir gran número de direcciones IP (número que identifica un interfaz de un ordenador en una red que utiliza el protocolo de internet) desde las que, presuntamente, los usuarios realizaban intercambios ilegales de ficheros.

Con esta información, podían averiguar el nombre de los usuarios para reclamarles una indemnización por los daños que les causaría el intercambio de archivos. Pero la Autoridad italiana para la Protección de la Privacidad determinó que estos procedimientos son ilegales, ya que la directiva europea sobre telecomunicaciones prohíbe a las compañías privadas efectuar controles masivos de datos.

Además, señaló que estas empresas no han respetado los principios de transparencia y corrección, pues los datos de los usuarios se tomaron sin que éstos tuvieran conocimiento de que eran controlados.

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